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6 de febrero de 2013

¿Existen los crímenes de odio?


Una extraña corriente se está promoviendo en el mundo para aplicar sanciones para algo que se conoce como “crímenes de odio”. Podría pensarse que es una norma positiva, pero no es así. Detrás de la iniciativa se esconde un inmenso contrabando que atenta contra la Palabra de Dios.

un crimen de odio es definido en los Estados Unidos y por la ley estatal, “como uno que involucra, amenazas, hostigamiento o daño físico y es motivado por prejuicios contra la raza de alguien, color, religión, origen nacional, etni­cidad, orientación sexual o incapacidad física o mental.”

Estoy sorprendido por el éxito que la comu­nidad homosexual ha tenido para lograr que dentro de la definición de un crimen de odio se incluyera la orientación sexual de ellos dentro de la legislación. De esta forma, ellos pueden obtener derechos especiales y protección para su estilo de vida. Recuerde: La homosexualidad es una conducta; no un estilo de vida. La raza, el color, la religión, la nacionalidad y la etnicidad no son, ni conductas ni estilos de vida. Por lo tanto, el tener, dentro de la definición del crimen de odio, lo que los homosexuales llaman “orien­tación sexual”, significa que un crimen cometi­do contra un homosexual encuentra una pena más drástica que contra cualquier otra persona. ¿Cómo no llamaremos a esto una protección es­pecial para un grupo de personas que practican una conducta sexual específica?

Cuando alguien recibe protección especial bajo la ley, significa que no todas las personas son tratadas igualmente. En este caso, a los ho­mosexuales se les dan protecciones especiales y aquellos que cometan crímenes contra ellos son susceptibles de ser acusados de un “crimen de odio” y son por lo tanto propensos a recibir pe­nas más drásticas y todo, basado en la conducta sexual de los homosexuales.

¿Qué hay entonces acerca de los homosexua­les que persiguen a los cristianos debido a sus puntos de vista religiosos de la homosexuali­dad? ¿No es esto también un “crimen de odio”?

“La próxima audiencia será este jueves, cuando el consejero cristiano de relación de pa­rejas, Gary McFarlane apelará su despido por rehusar darle terapia sexual a una pareja de homosexuales. La semana pasada, la enfermera cristiana, Shirley Chaplin, perdió su apelación por portar un crucifijo alrededor de su cuello en la sala de un hospital.” (http://blog.christia­nitytoday.com/ctliveblog/archives/2010/04/dis­crimina...)

“Un estudiante con honores, en Fort Wor­th, Texas, fue enviado a la oficina del director y fue castigado por decirle a un compañero de clases que él creía que la homosexualidad es equivocada… Dakota se encontraba en una clase de alemán en un colegio de bachillerato, cuando se cambió una conversación al tema de religión y homosexualidad, relacionado con el país de Alemania.

En algún punto de la con­versación, él se volvió hacia donde estaba un amigo y le dijo que él era cristiano, y que el ‘ser homosexual es equivocado.’ ‘Lo dicho por mí, no estaba dirigido a nadie, excepto a mi amigo que se encontraba sentado detrás de mí.’ Le dijo Dakota a Fox. ‘Creo que [el profesor] me escu­chó. Empezó a gritar y me dijo que me iba a es­cribir una infracción y que me enviaría a la ofici­na.’ De hecho, Dakota fue sentenciado a un día de suspensión en el colegio y a dos días de total suspensión del colegio.” (http://www.foxnews. com/us/2011/09/22/texas-school-punishes-boy-for-oppos...)

“Un juez federal falló a favor de una uni­versidad pública que expulsó a una estudiante cristiana de su programa de postgrado en una consejería de la universidad por la creencia de ella, de que la homosexualidad es moralmente equivocada. De acuerdo a Julea Ward, el fallo del lunes, podría resultar en que estudiantes cristianos en todo el país sean expulsados de las universidades públicas por puntos de vista si­milares.” (http://www.outsidethebeltway.com/ is-discrimination-against-christians-le...)

¿No son estos, “crímenes de odio”? ¿No de­berían ser los autores de estos crímenes contra cristianos ser enjuiciados de acuerdo a las le­yes de crímenes de odio que aplican a los ho­mosexuales? Si es no, ¿por qué no? ¿Por qué la comunidad homosexual se calla cuando se trata de crímenes de odio basados en religión y que ocurren contra los cristianos? Es simple. Los homosexuales, tienen un doble estándar. Al parecer, el fanatismo es sólo de aquellos que se oponen a la homosexualidad.

La frialdad, afecta la libertad de expresión

La legislación sobre crímenes de odio podría tener un efecto de frialdad en la libertad de ex­presión. ¿Cuántas personas no están temerosas de decir algo negativo acerca de la homosexua­lidad porque temen represalias en su trabajo, ser ridiculizados, etc.? No conozco las estadísticas de aquellos que tienen temor de hablar, pero de­finitivamente, tanto el temor como las estadísti­cas existen. Sin embargo, un efecto de frialdad en la libertad de expresión no es algo por lo que comunidad homosexual tenga de qué preocu­parse. Más bien, quieren silenciar toda oposi­ción contra la homosexualidad. En mi opinión, ellos no están dispuestos a una discusión hones­ta y seria en una serie de temas relacionados con su conducta, estilo de vida y crímenes de odio. Cuando Ud. tiene algo en mente que debe llevar a cabo a toda costa, los hechos y la razón tienen poco valor.

¿QUÉ ES «ORIENTACIÓN SEXUAL»?

La declaración de principios de Yogyakarta toma como cierta la definición del concepto de «orientación sexual» de la Asociación America­na de Psicología (APA); el cual, lo enmarca, en la capacidad de cada persona de sentir una pro­funda «atracción» emocional, afectiva y sexual por personas de un genero diferente al suyo o de su mismo género, o de más de un género; asimismo, es la capacidad de mantener relacio­nes íntimas y sexuales con otras personas. Sin embargo, esta porción de la declaración citada, contiene tres aspectos peligrosos:

1) Los elementos que configuran una «atrac­ción» son de carácter subjetivo. La «atracción» por sí misma, implica la existencia de fuerzas que impulsan el deseo de demostrar senti­mientos o emociones o afectos o simplemente, el deseo de tener relaciones íntimas y sexuales ¿Desde cuándo se legislan los deseos? ¿Desde cuándo los deseos se convierten en derechos?

2) Los elementos que protagonizan la «atrac­ción», es, entre una persona (singular) con otras personas (plural); es decir, avala las relaciones paralelas como producto de la infidelidad (sean solteros o convivientes o casados) ¿Desde cuán­do se legisla a favor del adulterio? o ¿Se está cons­truyendo una nueva versión de la poligamia?

3) Los elementos que componen las diver­sas manifestaciones sexuales, van desde la he­terosexualidad exclusiva, la homosexualidad exclusiva, hasta las diversas formas de bisexua­lidad. Amnistía Internacional, induce irrespon­sablemente la inclusión de la pedofilia en este paquete de manifestaciones sexuales, cuando, solicitan a los Estados revisar la legislación que discrimina la edad de libre consentimiento. ¿Qué significa esto?

Finalmente, no existe norma que desarrolle el concepto de «orientación sexual», porque no existe un acuerdo sobre su definición. El hecho, que este concepto haya sido incorporado en algunos textos oficiales, no significa que exista una definición legal ni que esta sea aplicable.

PRECISIONES

Introducir «los crímenes de odio» como un agravante en la comisión de un delito doloso, alteraría todo los procesos penales en el mundo complicando la evaluación de los casos. ¿Cómo saber que un asesinato, o la agresión, o el robo, o la injuria, u otro delito fueron causados por odio? Considerando, que existen otros atenuan­tes, como hacerlo por necesidad o por oficio o por un acto pasional o por una mente criminal. ¿Cómo determinar las verdaderas motivaciones de un delito para que exista justicia justa?

Hasta donde se conoce, no existen datos ni estudios oficiales que certifiquen que los ase­sinatos y agresiones sufridas por transexuales, lesbianas, gays, bisexuales sean motivados por el odio. Lo que se conoce, es, que un porcentaje de estos casos corresponden a «crimines pasio­nales» y «crimines accidentales».

En insólito, pero una propuesta que alega por la no-discriminación, precisamente está orientado a lo contrario, a discriminar de ma­nera negativa cualquier opinión contraria. ¿Por qué se pretendería sancionar a quienes siguien­do la Palabra de Dios rechazan la homo-sexua­lidad y el matrimonio gay? ¿No es eso atentar contra la libertad de opinión y de ex-presión? ¿No es ir contra la libertad de credos?

En consecuencia, los argumentos en contra a la legislación que establece los “crímenes de odio” son múltiples y variados. Por ejemplo, un homosexual no puede quejarse debido a que no lo dejan casarse con alguien del mismo sexo, porque es como si un polígamo se quejara de discriminación porque no lo dejan casarse con varias mujeres, o un pederasta con un niño o un secuestrador con su secuestrada. No hay dis­criminación en ninguno en esos casos, la ley es igual para todos y la sociedad tiene una fórmula matrimonial, entre un hombre y una mujer, que ha sido capaz de preservar la especie humana a través de los tiempos.

La legislación en casi todos los países del mundo contempla ya sanciones para todo de discriminaciones, tales como las raciales, de gé­nero y otros tipos. Entonces ¿para qué acuñar un nuevo concepto que se superpone a todos los demás? La respuesta puede ser obvia. Hay un intento de introducir como contrabando algo que atenta contra la Palabra de Dios.

IMPACTO EVANGELISTICO

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